HISTORIA NO REVELADA DEL CURADOR URBANO
(Agosto de 2007, Marzo de 2012)
COLEGIO NACIONAL DE CURADORES URBANOS
Farid Numa Hernández
Presidente
Con la celebración de los diez años de la Ley 388, evento organizado por el Colegio de Curadores en la Quinta de San Pedro Alejandrino en la ciudad de Santa Marta en el segundo semestre del año 2007, que contó con la participación del MINISTERIO DE AMBIENTE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL con la presencia del Sr. Ministro de la época, Dr. Juan Lozano y el Director de Vivienda y Desarrollo Territorial Dr. Ricardo Ferro y la participación del Dr. Iván Darío Gómez Guzmán Director Nacional del IGAC, la Dra. Lida Beatriz Salazar Moreno de la Súper Intendencia de Notariado y Registro, el Dr. Fernando Rojas Rojas de la Secretaria Distrital de Planeación de Bogotá, la Dra. Gloria Nancy Jara Beltrán directora distrital de impuestos de Bogotá, el Dr. Alejandro Sokolof Ex – presidente de la SCA, el Dr. Sergio Mutis Caballero presidente de FEDELONJAS, el Dr. Francisco José Infante Vergara Gobernador del departamento del Magdalena y el Alcalde de la ciudad de Santa Marta, Dr. José Francisco Zúñiga Riasco, se logro un alto nivel académico y de reflexión sobre el tema de las curadurías urbanas como una entidad que encaja y coadyuva en la dinámica del sector de la construcción, en la agilización de los trámites para la expedición de las licencias urbanísticas, con muchos valores agregados para el beneficio de las ciudades donde existe la figura del curador urbano, tal como el constituirse en un verdadero soporte en el tema del ordenamiento del territorio, en la planificación y desarrollo de las ciudades, en preservar la memoria urbana y el patrimonio histórico, artístico y cultural, en la sistematización y coordinación de toda la información de las redes, inmuebles y estructura urbana de la ciudad construida y la ciudad propuesta, para su desarrollo a mediano y largo plazo.
Realmente el balance de los 10 años, que se celebraban de la Ley 388 de 1997, y la perspectiva de lo que debería ser el crecimiento de la figura del curador como soporte de muchos de los objetivos de ella, fue altamente optimista, considerábamos que habíamos sorteado el nacimiento de esta novedosa figura, que los sin sabores de los primeros años habían quedado atrás y la sensatez y la experiencia adquirida serian un valioso recurso para tener en cuenta, en la entrada en una nueva etapa de lo que debería ser la coordinación institucional por parte del MINISTERIO con las administraciones municipales y distritales, con las CAR, con los otros Ministerios, con todas las entidades que participan en el proceso de ordenamiento y en particular con los curadores urbanos, directamente o a través del Colegio, como el órgano representativo que canaliza las inquietudes permanentes de los diversos municipios del País.
En los meses posteriores al evento de la celebración de los 10 años de la ley 388, adelantamos importantes reuniones en mesas de trabajo para elaborar un borrador de un proyecto de ley sobre el curador urbano, para presentar al Congreso de Colombia, el Ministerio contrató a la facultad de derecho de la universidad Externado de Colombia para que redactara el proyecto, el cual fue discutido y analizado por diversas entidades relacionadas con el ordenamiento del territorio y el sector de la construcción, durante más de 8 meses, lográndose una claridad meridiana sobre lo que debe ser el curador urbano, su legislación particular, los procedimientos en la expedición de licencias, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo a lo preceptuado por la ley colombiana, fue el documento más elaborado de iniciativa gubernamental conocido sobre el curador, que lograba finalmente poner en orden lo que durante 15 años no se ha conseguido, discutido y analizado ampliamente, con acuerdos entre los principales actores, pero justamente cuando todos estábamos esperando la radicación del proyecto acordado en el Congreso, este misteriosamente fue engavetado, se perdió en la bruma de papeles de la burocracia, que le atraviesan obstáculos a esta joven figura del curador urbano, para que no se pueda consolidar como un ente limpio e independiente de los clientelismos y los avatares políticos de los distritos y municipios de Colombia. Muy lamentable para todos, que adentro del ente rector de los curadores se hubiese archivado un arduo trabajo que costo dinero, tiempo, dedicación intelectual y muchas horas de estudio, investigaciones, reflexión y amplios foros y debates, cuyos resultados quedaron en la nada.
En medio de esa incertidumbre y frustración por haber perdido una oportunidad más para afianzar la figura y darle una seguridad jurídica a todos los actos que los curadores realizan a diario y no estar sometidos al imperio del capricho de cualquiera que a bien tenga cuestionar sus actos, por no existir una delimitación clara y precisa sobre las competencias para vigilar y hacerle el seguimiento a estos particulares con funciones públicas, el Colegio Nacional y los curadores en su totalidad se dedicaron a protegerse de los ataques y las culpas que les endilgaban de todo lo que sucediera en sus respectivas ciudades; ya fuera un deslizamiento de tierra, una inundación, la falla de una estructura de una edificación, no importa que él no la hubiese aprobado, la perturbación de los vecinos por el desarrollo de una obra, la congestión del tráfico, las humedades de aguas negras, grises y blanca, los malos acabados, el montaje de negocios no autorizados, que según los vecinos no podrían funcionar en ese barrio, los edificios demasiado altos, las construcciones antiestéticas (o premios Atila), los altos costos de las licencias, incluyendo impuestos, estampillas, expensas, IVA y demás tributos de cada localidad, la construcción ilegal de urbanizaciones y obras terrenos no aptos para tal fin, la ocupación del espacio público por constructores y vendedores ambulantes, el mal manejo de los escombros y residuos sólidos, la falta de control urbano y el no cumplimiento del pago de los impuestos y parafiscales del constructor con sus empleados y obreros de su empresa, en fin, los curadores urbanos que nacieron hace 15 años, se constituyeron en los causantes de todos los males que aquejan históricamente a la ciudad colombiana, desde aquella época del 20 de julio de 1810, cuando se creó la patria boba y los federalistas y centralistas se trenzaron a tiros para resolver el tipo de gobierno, o mejor para ver a quien era más incompetente para gobernar una república que aun no había nacido, y cuyo resultado estuvo adobado de dolor, lagrimas y sangre; pero hoy la historia se repite, como diría un pensador: en forma de comedia, para seguir eludiendo las causas primarias de los problemas, y nada mejor que un curador, para cargarle la culpa de todo lo que ocurre en el territorio, hasta del fenómeno de la niña que azota inclementemente el país.
Como no hay mal que dure cien años ni cuerpo que lo resista, fue necesario que otros se percataran que en Colombia los trámites de licencias urbanísticas tenían una demora inusitada ocasionada por la cantidad infinita de trámites para obtenerla, cerca de 63 trámites registró el periódico Ámbito Jurídico en una de sus ediciones, para señalar el grado de tramitomanía existente en nuestro país, no sin antes advertir el Colegio que la licencia concedida por el curador urbano es una más de esos 63 trámites que existían en algunos casos, por lo cual la demora en la expedición final de una licencia podía alcanzar hasta los 300 días y a veces más de acuerdo a la complejidad del trámite.
Ante este escenario poco halagador el Ministerio estableció un convenio con el Banco Mundial por medio del IFC, para buscar reducir los tiempos en la expedición de licencias urbanísticas y propender por la creación de las ventanillas únicas para la atención de los ciudadanos que requiriesen dichos servicios y todos aquellos que tuviesen relación; aprovechando esa coyuntura se decidió revisar y modificar el acuerdo 564 de 2007 para ponerlo en consonancia con las nuevas necesidades y objetivos en las políticas del gobierno; como metodología de discusión y participación de todos los actores que concurren en los procesos de expedición de las licencias, se programaron talleres regionales también con la presencia de los gremios de la construcción y los usuarios del servicio; el primer taller se realizó en la ciudad de Medellín, seguido por el de Cartagena y finalmente en la ciudad de Bogotá. La participación de los curadores urbanos y de los profesionales que laboran en las curadurías fue nutrida por su asistencia, pero mucho más importante por sus aportes teóricos, técnicos, jurídicos y procedimentales, tomados de la experiencia directa de la prestación cotidiana del servicio; ante esa fortaleza cualitativa de los curadores en los talleres, se solicitó por parte del Ministerio que solo se trataran los temas de la agenda, siendo el principal de estos la reducción de los tiempos de los trámites, porque “la modificación del decreto 564, solo tocaría esos aspectos”. El colegio acogió como tantas veces lo ha hecho, y trazó esa directriz para no “entorpecer”, según los coordinadores, el buen desarrollo de los talleres, por lo cual no abordamos en la discusión temas importantes y álgidos del decreto 564, respetando lo acordado.
Pero para sorpresa de todos los curadores, los escépticos, los incrédulos y hasta los creyentes de la buena fe, el decreto 564 fue revisado de cabo a rabo, “a nuestras espaldas” como se acostumbra en este país. No hemos terminado de entender después de casi 2 años de la vigencia del decreto 1469, porque se redactaron algunos artículos con el único fin de “castigar” a los curadores en ejercicio, a los que han accedido por el mérito, a los que han sido bien evaluados y en algunas ciudades a los más idóneos y conocedores del tema del ordenamiento territorial. Estos interrogantes no son nuevos, desde el 30 de abril de 2010 los venimos formulando, en un seminario organizado por la facultad de derecho del Externado de Colombia, con la asistencia de más de 100 participantes de las especializaciones de Derecho Urbano de las universidades Javeriana, Externado y del Rosario, se hicieron serios cuestionamientos jurídicos y los representantes del Ministerio no respondieron a que se debía la incoherencia y la incongruencia de muchas de las partes del decreto 1469.
La Asamblea General del Colegio, aprobó por unanimidad demandar el decreto 1469 de 2010, en los artículos que le son mas lesivos a los curadores urbanos y donde se les trata de manera inequitativa, por lo cual se radico una demanda ante el Consejo de Estado, la cual ya fue admitida, pero el fallo, sabemos tarda años en producirse, ya tuvimos una primera experiencia con el decreto 1543 de 2001, demandado por el Colegio, por motivos similares y cuya sentencia se produjo en agosto de 2009, admitiendo las pretensiones de la demanda, pero el decreto demandado ya había sido derogado, no obstante conocedores de dicha sentencia los que redactaron el decreto 1469 volvieron a incorporar esos aspectos.
Este mandato de la Asamblea General llevó a la Junta Directiva a realizar una minuciosa consulta nacional, para lo cual se programaron juntas regionales siendo la primera en la ciudad de Ibagué, seguida por la de Santa Marta, luego Cali y Medellín y finalmente en la ciudad de Bogotá, para que asistieran los que por motivos de fuerza mayor no pudieron estar en la reunión de su región, se logro la asistencia y participación activa del 95 % de los curadores de todo el país, siendo unánime el respaldo a la decisión tomada por la asamblea y a las políticas trazadas para la transparencia de la función pública del curador urbano.
Pero el panorama de hoy sobre la figura del curador, presenta menos expectativas que en el momento de su surgimiento, lo han logrado situar como carne de cañón, y otras veces como el que todo lo puede, nada más alejado de la realidad y de lo que deseamos que sea el curador, una figura que se proyecte como un verdadero soporte para los municipios y distritos en los temas de Ordenamiento Territorial. La Ley 388 vista integralmente no se ha desarrollado en el país, estamos bastante lejos de lograr los principios rectores de la misma, de cristalizar los objetivos y lograr un verdadero Desarrollo Territorial, que significa algo más que el ordenamiento físico, pues los POT deben ir de la mano de los Planes de Desarrollo, de manera integral para que lo físico sea una resultante del desarrollo económico, de la organización política administrativa, de los avances científicos y tecnológicos y el fortalecimiento de las manifestaciones artísticas y culturales del pueblo colombiano.
Comenzando el año 2012, a quince años de haberse establecido la figura del curador urbano, el Colegio Nacional de Curadores Urbanos a servido como ente representativo de las múltiples inquietudes que el ejercicio de la función ha demandado en estos arduos años, ha soportado con estoicismo los ataques inclementes e injustificados que a diario se producen contra los curadores en el ámbito nacional, pero se ha preocupado más porque los curadores actuemos éticamente, hagamos las cosas bien, pues el paso del tiempo nos dará la razón frente a los que quisieron por la vía fácil resolver la compleja problemática urbana, descargando la responsabilidad sobre unas pocas cabezas. Lamentamos el estado de incertidumbre que hoy existe en muchas ciudades de Colombia, vemos con preocupación como la figura del curador poco a poco la van encajando en las prácticas que él pretendía subsanar; el Ministerio con una posición contemporizadora le ha ido entregando el manejo de la figura a los que pretenden detentar el poder sobre la ciudad colombiana; no es casual que teniendo la posibilidad el gobierno central de hacer una regulación clara, firme y transparente del curador, hubiese caído en la tentación de abrirle la puerta a la incertidumbre y a los males más comunes de la época.
La Presidencia y la Junta Directiva del Colegio en múltiples escenarios planteó el sano debate frente a esta situación, pero obtuvo como respuesta el señalamiento y las afirmaciones que los curadores solo pensaban en su bienestar, que las actuaciones incorrectas, de algunos, eran la constante de la práctica y el ejercicio de la función; y en este punto debemos señalar claramente que el Colegio jamás podría patrocinar nada que estuviese por fuera del marco de la Constitución y la Ley, que han sido muchas las veces que advertimos que no aceptaríamos conductas ni prácticas incorrectas, que atentaran contra el buen nombre de otro, con mayor razón si este era un colega, nuestro Código de Ética, aprobado con la fundación del Colegio está vigente y no hemos declinado en nuestros principios, antes ahora con más énfasis es necesario ponerlos al orden del día, en épocas de turbulencia, crisis y decadencia es cuando más firmes debemos estar, porque solo aquellos que mantengan una postura digna de respeto a los principios y a las buenas costumbres pasaran a la historia.
Estábamos en estas reflexiones, cuando la tarde del sábado 17 de marzo de 2012, se oscureció de repente, el calor y la alegría del trópico que se respiraba en el Puerto Petrolero cesó abruptamente, la tristeza nos envolvió de repente, un amigo había caído, con dos colegas más, cayeron como caen las hojas de los árboles centenarios, lentamente despidiéndose del mundo, no sentimos su caída, ni su despedida, silenciosa y tranquila como siempre lo fue nuestro amigo del alma CARLOS ALBERTO LARIOS, Curador único de Barrancabermeja. Estos golpes son los que verdaderamente nos importan y nos duelen pues es la vida que no regresa, solo quedan los recuerdos, el amor, la amistad, los abrazos y las lágrimas que un día derramos por el amigo sincero. Por eso nos alejamos del felón y el miserable que rumia su traición y muere en su bajeza.
Paz en la tumba de Carlos Alberto y de sus amigos de infortunio, que el barquero los lleve a buen puerto.
Marzo de 2012